Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2018, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil "Nunú Bebé" de Zaragoza.

Publicado el 23/02/2018 (Nº 39)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia de la representante del Centro Privado de Educación Infantil "Nunú Bebé", con domicilio en calle Gabriel y Galán, 16, de Zaragoza, solicitando autorización para la apertura y funcionamiento de un Centro Privado de Educación Infantil.

Vistos los informes emitidos por la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, y con relación a la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, el Director General de Planificación y Formación Profesional, resuelve:

Primero.- Autorizar la apertura y funcionamiento del centro docente privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil.

Denominación específica: "Nunú Bebé".

Titular: D.ª Sofía Bagües Moreno.

Código: 50019691.

Domicilio: C/ Gabriel y Galán, 16.

Localidad: Zaragoza.

Municipio: Zaragoza.

Provincia: Zaragoza.

Enseñanzas que se autorizan:

Educación Infantil de Primer Ciclo, 3 unidades.

De 0 a 1 año, 1 unidad / 8 puestos escolares.

De 1 a 2 años, 1 unidades / 13 puestos escolares.

De 2 a 3 años, 1 unidades / 17 puestos escolares.

Segundo.- El Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Tercero.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Cuarto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente resolución.

Quinto.- La autorización de apertura y funcionamiento surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 9 de febrero de 2018.

El Director General de Planificación y Formación Profesional, RICARDO ALMALÉ BANDRÉS